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  • ¿Qué requisitos necesito para pensionarme en la ley de 1973?
    Cumplir un mínimo de 500 semanas cotizadas. Estar en conservación de derechos. Tener 60 años cumplidos.
  • ¿Cómo puedo recuperar mi conservación de derechos?
    Existen 2 maneras: Volver a trabajar y cotizar ante el Seguro Social. Pagar la continuación voluntaria en el régimen obligatorio en el IMSS.
  • ¿En qué consiste la asesoría personalizada?
    Revisión y verificación de todos tus documentos, orientación legal y financiera, cálculos para tu pensión o plan de retiro. Recuerda que tu asesoría personalizada es totalmente gratuita.
  • ¿Con que salario me voy a pensionar (ley 1973)?
    Con el salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas.
  • ¿Cuál sería el importe de mi pensión?
    Depende del número de semanas que tenga cotizadas, de la edad y del salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas.
  • ¿A que edad tengo derecho a pensionarme?
    Si es por cenzatia de 60 a 64 años y si es por vejez a los 65 años.
  • ¿A que edad me conviene pensionarme?
    A partir de los 60 años ya que, tu pensión no da un crecimiento mayor a las 65 años.
  • ¿Cuántas pensiones se requieren para pensionarse en Ley 73?
    En Ley 73, 500 pensiones En ley 97, 850
  • ¿Qué porcentaje nos aseguran de pensión a los 60 años?
    El 75% de las pensión de vejez.
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